En mérito de lo anterior, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 479, numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, y llenos los extremos exigidos en los artículos 3, 5, 6, 7, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, decreta procedente la solicitud instaurada por la Directora Encargada del Centro Penitenciario de la Región Andina, y por consiguiente redime la pena por trabajo y estudio a la ciudadana Elida del Carmen Sánchez Santiago, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad No V-8024.404, en un (01) mes y seis (06) días de prisión. De igual forma se actualiza el cómputo de la pena cumplida hasta el día de hoy por la ciudadana Elida del C.....