, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana NELLY AURORA ANGULO DE ARELLANO, en su condición de cónyuge y a sus hijos IRKA RAQUEL, DAVID JOSUE Y RAUL DAVID ARELLANO ANGULO, así como a los ciudadanos JAIRO ROLANDO, NORKA CECILIA, AURAMARINA CHIQUINQUIRA, ZULEMA DEL VALLE y RAUL LEONARDO ARELLANO QUIÑONEZ, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de RAUL ARELLANO MORENO, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros