De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA a al ciudadano RAFAEL DE JESÚS RONDÓN RONDÓN, venezolano, natural de Valencia, nacido en fecha 18/03/1992, de 21 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V21.021.677 , grado de instrucción Primer año de bachillerato;, ocupación u oficio estudiante;, hijo de Luz maría Rondon (V) y Rabel de Jesús Dugarte (V), domiciliado en: Chama, Barrio El Cambio, calle 02, casa nº 08, al frente de la cancha. Número telefónico: 0424-7389473, (actualmente recluido en el Comandancia de la Policía del Estado Mérida), por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, y POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley de Desarme y Control .....