Constituido el Tribunal en el lugar antes mencionado fuimos atendidos por el ciudadano CARLOS ALBERTO PICÓN VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.467.288, de este domicilio y civilmente hábil, procediendo a desarrollar la Inspección Judicial solicitada por las partes intervinientes, de la siguiente manera: Este Tribunal deja expresa constancia que observa Un (01) local comercial acondicionado para actividad comercial de Barbería, con entrada principal con dos (02) puertas de vidrio con metal, escalera de entrada con cuatro (04) escalones con dos (02) bombillos internos en el primer escalón y en el tercero, techo de machimbrado con tubos estructurales, sin aparentes filtraciones, paredes de entrada con papel y color gris, la pared del fondo rústica de ladrillos, color gris y una parte con papel, un (01) baño con su respectiva puerta de tablillas de madera, un lavaplatos de cemento y tope de granito, color beige con negro, un (01) gabinete de madera.....