En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YARITZA YULAIZA GÓMEZ SÁNCHEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-15.296.351, domiciliada en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital y civilmente hábil, en su carácter de parte arrendadora ¿ demandante, debidamente representada por la Abogada en ejercicio BETTY JOSEFINA RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.490.740, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 38.014, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, contra la ciudadana MARY CARMEN CANELÓN BECERRA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número .....