El Tribunal dictó decisión aceptando la declaratoria de competencia para conocer y decidir la presente causa, efectuada mediante decisión de fecha 03 de diciembre de 2014, por la Sala Plena, Sala Especial Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Caracas y, en consecuencia, se avoca al conocimiento de este proceso. De consiguiente, declara la validez de las decisiones dictadas en fechas 25 de julio de 2013 y 03 de diciembre de 2014, mediante las cuales declinaron la competencia, y los actos subsiguientes a dichas decisiones cumplidos en este proceso por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Timotes del Estado Mérida y por la Sala Plena, Sala Especial Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Caracas, y consecuencialmente, se reordena el proceso a los fines de que la demanda propuesta cumpla con los requisitos formales exigidos en el artículo 199 de la Ley de Tier.....