DECISIÓN
EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Único: Se decreta el sobreseimiento a favor del ciudadano EDUAR ALEJANDRO ORTIZ GARCIA, titular de la cédula de identidad V- 23.723.417, venezolano, natural del estado Mérida, de 31 años de edad, estado civil soltero, ocupación u oficio Moto Taxi, domiciliado en: la Ranchería, vía la Mesa de los Indios, Casa S/N°, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0416-579.07.37, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 112 de la Ley Para el Control de Armas y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano, en consecuencia, cesa cualquier medida cautelar impuesta en la presente causa. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 49.....