este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION DE IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO, intentada por el ciudadano JUNIOR ALEXANDER MARQUEZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.996.044, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, contra los ciudadanos YANDRY CELINA LACRUZ PEÑA y ARMANDO ANTONIO RAMIREZ PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 18.309.683 y V-17.238.281, domiciliados en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y la niña SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años de edad, por haberse comprobado que la filiación declarada no es la verdadera, en consecuencia, se excluye la paternidad del ci.....