este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, así como, de las actuaciones insertas en el presente expediente, de los alegatos de la parte actora, de las pruebas incorporadas a los autos, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara INADMISIBLE la pretensión incoada por la ciudadana EDILIA DE LA MERCED MORALES MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.085.416, domiciliada en Mérida Estado Bolivariano de Mérida, en contra de los ciudadanos ANIBAL DE JESÚS MORALES BRICEÑO, HERNAN MORALES BRICEÑO, JHONNY ENRIQUE MORALES BRICEÑO, EDGAR SALVADOR MORALES BRICEÑO, SONIA ALCIRA MORALES BRICEÑO, SULYMAR MORALES MORALES, ALVER SALVADOR MO.....