Definitivamente firme como ha quedado mediante auto de fecha dieciséis (16) de junio del corriente año, la Sentencia proferida por el Tribunal en Funciones de Control No. 07, de estos mismos Circuito Judicial Penal y Extensión El Vigía, en fecha 02.12,2,010, que decretó el Sobreseimiento de la Causa instruída en contra del ciudadano RAMIREZ CANO JOSE ELIBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.397.525, domiciliado en la Calle Villa Emilia, casa sin número, Torondoy, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 3 del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos, en perjuicio del ciudadano: WILLIAMS ORLANDO CANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.223.213, domiciliado en la Calle Tulio Fébres Cordero, casa No. 16, Parroquia Torondoy, Estado Mérida, igualmente acordó la entrega al ciudadano WILLIAMS ORLANDO CANO, de: 1.-.....