"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, solicitada en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, y al Registrador Principal del estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento de la ciudadana MARIA ALICIA PEREZ MORENO , ya identificada inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la parroquia El Llano , municipio Libertador del estado Mérida, identificada con el número 1596, correspondiente al año 1.963, donde se asentó el nombre de la madre de la solicitante como " ANA MARIA ROSA MORENO DE PEREZ" siendo lo correcto "ROSA MARIA MORENO DE PEREZ", por ser lo correcto. Y así se decide..."