este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, del derecho que les asiste a los ciudadanos: BELKIS ALICIA ALARCON DE REAÑO, NELSON OMAR, JOSE RODOLFO, GLENDA LUZBETH REAÑO VILLAMIZAR y JEANETH YOLIMAR REAÑO MORA, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS , la primera en su condición de esposa y los cuatro últimos en su condición de hijos legítimos del extinto NELSON RODOLFO REAÑO CRUZ, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. EL JUEZ TITULAR, (fdo) ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO. LA SECRETARIA TITULAR, (fdo) SULAY QUINTERO QUINTERO. Esta en tinta el sello del Tribunal. LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO S.....