DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el artículo 185-A, del Código Civil vigente, formulada por los ciudadanos MALENA MARGARET BLANCO BARILLAS y LUIS ALBERTO MORALES BAUDINO, antes identificados, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante el Director del Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha (21) de Febrero del año 2002, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 105.