PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE AL EXTERIOR, suscrito y presentado por los ciudadanos VICTORIA ELENA GUTIÉRREZ OCHOA y ÁNGEL ALFONSO MORALES MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.460.766 y V-16.464.290, domiciliados la primera, en la Arenal, Desarrollo Habitacional Giandomenico Puliti, edificio 8, piso 1, apto N° 01, parroquia Arias, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo, en el sector Cerro El Limón, travesías El Hato, Monseñor Carrillo y avenida Andrés Bello, de la parroquia Cristóbal Mendoza, municipio Trujillo estado Trujillo, operadora móvil: 0412-0748628 y 0412-6481832, correo electrónico: vickyelena210@gmail.com y angelussv@gmail.com; respectivamente, y civilmente hábiles; a favor del adolescente ANGEL GADIEL MORALES GUTIÉRREZ, de trece (13) años de edad, F.N:22/10/2010, titular de la cédula de identidad N° V- 33.856.738, con pasaporte N° .....