Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: este Juzgado NIEGA la admisión de la demanda de PARTICIÓN DE BIENES, la cual fue incoada por ante este Juzgado, por el ciudadano RODOLFO JOSÉ CARRERO MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.082.753, con domicilio en la calle principal N° 1-71, sector Palmira, ciudad Zea, municipio Zea del estado Bolivariano de Mérida, actuando nombre propio y en representación del ciudadano LUIS EDUARDO CARRERO MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.468.846, según consta en poder especial debidamente protocolizado por ante Oficina de Registro Público de los municipios Tovar y Zea del estado Bolivariano de Mérida, de fecha 1° de noviembre de 2019, inserto bajo el N° 33, Folio 105, Tomo 5 del Protocolo de Transcripción del año 2019, debidamente asistido por el ciudadano abogado SILVIO JOSÉ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de .....