Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio intentada por La ciudadana SUSI YSMENIA ASCANIO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.030.742, abogada, inpreabogado 48.256, actuando en nombre y representación del cónyuge JEAN CARLOS CORTES ROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.991.633 tal como se evidencia de poder procedente de la Notaria Quinta del Cantón Santo Domingo, República del Ecuador de fecha 30 de agosto del año 2018, debidamente apostillado.
EN CONSECUENCIA: Se decla.....