De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al acusado ciudadano: JHONNY JAVIER CALDERÓN, venezolano, natural de Mérida , mayor de edad, de 30 años de edad, nacido en fecha 04-01-1982, de estado civil soltero, ocupación u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-15.620.698, hijo de Nancy Josefina Calderón y de padre desconocido, residenciado en el Sector Chama, Sector Las Mesitas, casa Nº 34-34, (Vía Los Tanques a mano derecha) de la Ciudad de Mérida Estado Mérida. Celular: 0426-4729037, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, en perjuicio de FRANCYS SUAREZ, a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo son: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena. D.....