ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexagésima Novena del Ministerio Público, contra la Empresa "EXPRESOS JAUREGUI, C.A, ADMINISTRACION OBRERA, Inscrita en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Tachira, bajo el N° 98 JDO 2DO, en fecha 25-10-1968,representada por su presidente, ciudadano NESTOR IVAN CONTRERAS, venezolano, Alfabeto, titular de la cedula N° 8.105.491,residenciado en la Urbanización Santos Michelena, calle 01, casa 25, Municipio Michelena, por la presunta comisión del delito de CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con el artículo 10 del D.....