DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
Único: Autoriza la exhumación, traslado y cremación del cadáver del niño Luís Alejandro Valero Daza, cuyo traslado será de esta jurisdicción para su cremación en la ciudad de Barquisimeto; quien falleció el 11-01-2010, a las cuatro y diez post meridiem (4:10), producto de un hecho vial ocurrido en la carretera trasandina, sector El Caney, Municipio Rangel, Parroquia Cacute, estado Mérida, relacionada con la investigación Fiscal N° 14F10.00042010/62-MER-0008-2010, por uno de los delitos contra las personas. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada al representante del crematorio de Barquisimeto. Remítase al Ministerio Público. Cúmplase.
Decisión que se fundamenta en .....