El Tribunal deja constancia que por cuanto en la sede de este edificio a esta hora la señal de internet esta intermitente, lo cual imposibilita la conexión con la parte demandada ciudadana: YRIS YOKASTA TORO RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 9.475.842, a objeto que se conecte y participe en la audiencia telemática antes señalada, con ocasión a la solicitud de divorcio a que se contrae la presente causa. Acto seguido, el Tribunal, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se comunicó telefónicamente vía Whastapp con dicha ciudadana, desde el número de teléfono 0414-7308350, perteneciente al demandante ciudadano ANGEL JOSÉ ESCALONA CONTRERAS, al número de teléfono +1 829 7585842, realizada la video llamada, no pudo conectarse la ciudadana YRIS YOKASTA TORO RAMÍREZ, en tal sentido, se enviará vía correo electrónico libelo de la demanda y citación a la parte demandada. Siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 a.m.) se da por con.....