En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio suscrita y presentada por la ciudadana MARÍA AYARI CONTRERAS DE OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.553.675, domiciliada en la Calle los Educadores, casa S/N, parroquia el Llano, municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en contra del ciudadano ROBERT FRED OROPEZA LOAIZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.484.844, domiciliado en Yaracuy y civilmente hábil; con fundamento en la sentencia vinculante Nº 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, proferida por la Sal.....