Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) DECLARA CON LUGAR la aprehensión en flagrancia del imputado: JOSE AUDIO ZAMBRANO RAMIREZ, venezolano, de 23 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-17.323.750, natural de Tovar, Estado Mérida, nacido en fecha 14-06-1986, grado de instrucción: quinto grado de primaria, ocupación: agricultor, hijo de Perpetuo Socorro Zambrano Ramírez (no sabe) y José Francisco Zambrano Rangel (v), residenciado en Urbanización la Trinidad, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las .....