En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, por unanimidad ABSUELVE a WILFREDO ADALBERTO MONTES ALTUVE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.656,333, natural de Aguas Caliente Estado Zulia, nacido en fecha 23.07.81, de 24 años de edad, de profesión u oficio vigilante privado, hijo de Adalberto Montes (v) Apolonia Altuve (v) y residenciado en Barrio San Isidro calle 11, casa N° 18-35 El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA previsto y sancionado en el Artículo 374 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de la niña MARIACNI NAILETH DONADO SÁNCHEZ, previa la advertencia del Tribunal conforme al Artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal, que la calificación acorde a los hechos es el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto en el Artículo 260.....