TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por laruptura prolongada de la vida en común de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos ADA MARGARITA DIAZ y MANUEL TIBERIO GUTIERREZ SORA, venezolana, la primera de los nombrados, titular de la cédula de identidad Nº V-11.219.669, y el segundo de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de identidad NºE-81.823.373,casados, domiciliados en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano Mérida, domiciliados la primera de los nombrados en el sector II, vereda Nº 24, casa Nº 09, Urbanización Presidente José Antonio Páez, El Vig.....