PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ABDUL PAGHI JBOUR WASIM, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.097.870, domiciliado en Mérida Estado Mérida y hábil, representado por sus apoderados judiciales, ciudadanos ZULMA MARÍA CARRERO DE ARAQUE y/o MARCIAL SCARLET QUINTERO GONZALEZ, abogados e inscritos en el IPSA bajo los Nos. 65.432 y 77.775, contra la ciudadana ANA MARÍA SIERVO GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.255.953, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, representada por su apoderado judicial, ciudadano LUCIDIO ENRIQUE PERNÍA RUIZ, venezolano inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.445, domiciliado en Tovar Estado Mérida y hábil, por resolución de contrato de arrendamiento con opción a compra, en virtud del pago con subrogación efectuado por la demandada a la ciudadana Carlaura Molero Contreras.