Este Tribunal de Control N° 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, a favor de ANDRES ALBENIS FINOL, venezolano, de 44 años de edad, tisular de la cedula de identidad N° 9.392.384, nacido en fecha 02/02/1 962, Casado, Comerciante, Residenciado en La Sector Culegria Barrio Carlos Andrés Pérez Diagonal al Ambulatorio Municipio Alberto Adrián del Estado Mérida, en perjuicio de BOTELLO DE FINOL MARIA AMPARO, venezolana, soltera, de 45 años de edad, Titular de la cedula de Identidad N° 14.022.036, Profesión Comerciante, residenciada en La Inmaculada Diagonal a Sintralac Casa Sin Numero El Vigía Estado Mérida. Por los hechos ocurridos e iniciados en la investigación en fecha 11/09/2006, por la comisión del Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 del Código penal Venezolano, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3 del .....