DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, , este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela, Por Autoridad De La Ley. Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 455 numeral 4 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrió el hecho, cometido en perjuicio del ciudadano MANUEL ALEJANDRO FALCON BRICEÑO, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.517.309, residenciado en La Avenida Las Ameritas, Residencias El Rosario Las Humbolt, Torre A, apartamento A-14, Mérida, Estado Mérida, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, 0rdinal 4°, 455 numeral 4 del Código Penal, y 48 n.....