DECISIÓN:
Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículo 21, 26, 44.1 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 19, 46.1 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal, revoca la suspensión condicional del proceso, concedida al acusado JHOSTON JAVIER ALARCON ROJAS, venezolano, natural de 19-04-81, 26 años de edad, soltero, estudiante de la Unefa y comerciante, titular de la cédula de identidad N| 15.074.513, hijo de Maria Auxiliadora Rojas (v) y Gastón Javier Alarcón (v) y domiciliado en El Llano, Vista Alegre, calle principal, casa s/n, cerca de residencias La Galera, Tovar, Estado Mérida, teléfono: 0414 3745004. Se acuerda librar la correspondiente captura a los órganos policiales a los fines de que una vez .....