Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTERPUESTA por el ciudadano ANYELO LEONARDO TORRES GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 25.797.597, en contra de la firma personal DISTRIBUIDORA ODS, en la persona de la ciudadana OSDELIS LISBETH PADRON CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.126.657, en su condición de propietaria y empleadora, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada la firma personal DISTRIBUIDORA ODS, en la persona de la ciudadana OSDELIS LISBETH PADRON CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.126.657, en su cond.....