El Tribunal dictó sentencia declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por LUIS ENRIQUE PEÑA SALAS, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-8.001.670, domiciliado en el Sector conocido como Loma de La Santa Cruz o Loma de San Jacinto, Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, contra las ciudadanas MARIA PETRA PEÑA DE MOLINA y MILAGROS COROMOTO MOLINA PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.990.212 y V-8.047.923, en su orden, domiciliadas en la Parroquia San Jacinto, Sector La Loma de La Cruz casa sin nro. Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, por ACCION POSESORIA POR PERTURBACIÓN.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza d.....