El Tribunal de conformidad con los articulos 7, 8, 30, 87, 88, 365, 366, 369, 375, 376 y 511 y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente declaró con lugar LA SOLICITUD POR FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION Y BONOS, incoada por la ciudadana MARIA ALBA VOLCANES VILLARREAL, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-10.036.036, domiciliada en el Sector El Salado de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil, en su condición de madre legitima de los adolescentes (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de quince (15), trece (13) y nueve (09) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano JOSE MERCEDES RIVERO ANDRADE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.403.282, domiciliado en el sector Los Llanitos de esta población de Timotes y hábil.