Con fuerza en la argumentación precedente, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, emite de manera unánime los siguientes pronunciamientos:
1°. Condena al acusado Félix Dugarte, venezolano, comerciante, de 44 años, nacido el 23.05.1963, titular de la cédula de identidad N° V-8.038.414, hijo de María Ramona Dugarte y Ramón Ramírez, residenciado en los Chorros de Milla, Calle San Pedro, Parte Alta, N° 0-27, Estado Mérida, teléfono 0274-2444287, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina, el cual fue defendido por los abogados Armando de la Rotta Aguilar y Douglas Ramírez, a cumplir la pena de nueve (9) años de prisión, por ser autor responsable penalmente del delito de Ocultamiento Agravado de Sustancias.....