L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, SE DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL DIVORCIO, por incompatibilidad de caracteres, de los ciudadanos DALILA RAMONA ROJAS ZERPA y FREDDY ORLANDO MORENO ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº8.008.554 y Nº5.198,740, y hábiles, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, la solicitud formulada y consecuencialmente, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos cónyuges, y se ordena oficiar a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, inserta bajo el Nº 48, de los libros de Regis.....