DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE PARTICION DE BIENES, interpuesta por el ciudadano EMIGDIO LUIS MESTRE CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.990.607, domiciliado en Mérida Estado Mérida, asistido por el abogado en ejercicio MARCO ANTONIO DÁVILA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.070.265, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.626, contra la ciudadana MARIA HERMECINDA AGUIRRE ESPINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.694.134, domiciliada en Mérida Estado Mérida, asistida por el abogado en ejercicio JOSE LUIS ACEVEDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.104.442, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.199, en los términos explanados en la parte motiva de la sentencia. SEGUNDO: Procédase a la partición del valor del bien inmueble aquí liquidado. TERCERO: Se ordena al partidor que en cuanto al término para la present.....