JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintisiete de Julio de dos mil nueve.-
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda formar expediente, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por el ciudadano RAUL EDUARDO CARRERO MARQUINA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nro. 5.302.372, de este domicilio y hábil, por medio de sus apoderados judiciales, abogados BETTY CUEVAS DE LOPEZ Y CIRO ANTONIO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cèdulas de Identidad Nros. 5.203.032 y 5.206.122, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 21.781 y 91.365, de este domicilio y hábil, CONTRA: el ciudadano WILMAR ALEJANDRO GRISALES MENESES, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 22.664.342, de este domicilio y hábi.....