este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana ARELIS DEL CARMEN MORAN DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.913.750, domiciliada en el Sector Los Haticos, calle 3, casa s/n, Guayabones del Estado Mérida, reconocida por el ciudadano DARIO ELNO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.222.572, domiciliado en el Barrio San Isidro, calle 9 casa s/n al lado de la Tapicería Maritza El Vigía Estado Mérida y hábil.
SEGUNDO: Se declara disuelto el ví.....