Ahora bien, cumplidos los extremos exigidos por la ley en el presente caso, visto el informe evaluativo favorable de fecha 10-08-2017, suscrito por el Coordinador de Centro de Residencia Supervisada Licenciada Piedad Leonor Rodríguez, Mérida Estado Mérida, unido a que el penado según al cómputo de pena, emitido con ocasión del referido ejecútese de pena y actualizado en fecha 12-02-2016, se tiene que el penado ALEXANDER IZARRA VALBUENA, tenía una pena cumplida TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y ONCE (11) DÍAS, y al sumarla el tiempo de pena cumplida de CINCO (05) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS restándole por cumplir de la pena principal [08 años de prisión]: dos (02) años, cuatro (04) meses y cuatro (04) días, que se cumplen en forma definitiva el 01.04.2020., en consecuencia,, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dis.....