PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por cumplimiento de contrato intentó la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, titular de la cédula de identidad Nº 3.929.732,, actuando como apoderada judicial del ciudadano MANUEL MUIÑOS OCHOA, mayor de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-16.563.367 y domiciliado Distrito Capital, según poder otorgado por ante le Notaría Pública de Guarenas, Municipio Plaza del estado Miranda, en fecha 19 de noviembre de 2014, inserto bajo el Nº 42, tomo 318, contra el ciudadano PEDRO JOSE RAMIREZ AYALA, venezolano, mayor de edad, divorciado, abogado, titular de la cédula de identidad Nros V-5.510.254, domiciliado Municipio Alberto Adriáni del estado Bolivariano de Mérida.SEGUNDO: Se ordena al ciudadano PEDRO JOSE RAMIREZ AYALA, venezolano, mayor de edad, divorciado, abogado, titular de la cédula de identidad Nros V-5.510.254, domiciliado Municipio Alberto Adriáni del estado Mérida, que cubra los costos de las reparaciones mayore.....