este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los progenitores del niño SE OMITE NOMBRE, venezolano, de once (11) años de edad, en el cual la madre autoriza a que su hijo viaje junto con la ciudadana MARLENY DEL CARMEN ARAUJO ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.710.557 en su condición de madrina por motivos de recreación y esparcimiento a la ciudad de TOCUMEN-PANAMA, BARRIADA LA ESMERALDA, CALLE DE ADENTRO, CASA Nº 110, AGUA DULCE, PROVINCIA DE COCLE, TELEFONO RESIDENCIAL Nº +507 608502668, desde el 17 de julio del presente año 2015 con fecha de retorno 26 de julio del 2015, y conforme el contenido de la autorización otorgada por el padre ante la Embajada de la República Bolivariana de Venezu.....