este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana SONYVETTE DIAZ DE VILLALOBOS, las niñas SE OMITEN NOMBRES de tres (03) y un (01) año de edad respectivamente, así como los ciudadanos: FRANCISCO JAVIER VILLALOBOS MENDINUETA, ISMAEL RUFO VILLALOBOS MENDINUETA, CAROLINA CHIQUINQUIRA VILLALOBOS MENDINUETA y AARON MOISES VILLALOBOS MENDINUETA en su condición la primera de legitima cónyuge e hijos como Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de JAVIER RUFO V.....