DISPOSITIVA.
Se DECLARÓ INADMISIBLE la apelación interpuesto por el ciudadano Eddycson Peña Sosa, asistido por el abogado en ejercicio Asdrúbal Gil Contreras, contra la decisión dictada el Juzgado Cuarto Itinerante Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, en la causa LP01-P-2015-001830, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa a favor de personas por identificar, con fundamento en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal, por la presunta comisión de los delitos de Alteración de Seriales Identificativos de Vehiculo, previsto y sancionado en el artículo 08 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio del Estado Venezolano, asimismo negó la entrega del vehículo en cual consta de las siguientes características: clase: camioneta, marca: Toyota, modelo: 4 Runner, tipo: Sport Wagón, color: gris, año: 2007, placas: AA334F1, serial de carrocería: JTEBU17R17808.....