Dispositiva:
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
Acuerda la suspensión condicional del proceso de conformidad con el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Fernando José Castillo Bustillo, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 30/06/1971, de 44 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.464.442, grado de instrucción; T.S.U, ocupación u oficio; Agricultor, domiciliado en: Av. Las Américas, Residencias Luís Fargier Suárez, Edificio E, apartamento 74 E, teléfono 0424-7012808 y 0274-2664762 (padres), como autor de los delitos de Porte Ilícito de Arma, Daños Violentos y Amenazas previsto y sancionado en el artículo 277, 479 y 175 del código penal en concordancia con artículo 78 del Có.....