En consecuencia, éste Tribunal de Control No 4 del Circuíto Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA, la entrega a la ciudadana MARIA CAROLINA BOSCAN PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 14.963.034 en calidad de guarda y custodia de un vehiculo Clase Moto, Marca Yamaha, Modelo Virgago 1100, Año 2003, Serial del Motor 3LP089865, Serial de Carroceria LP089380, Color Vino tinto, Placa MAK-779, el cual segun certificación de registro automotor el mismo le corresponde, por lo que se ordena la custodia de dicho vehiculo a la prenombrada ciudadana y hasta tanto presente los documentos de adqusición de éste no se otorgará de pleno derecho, todo conforme lo preceptuado en el articulo 311o del código organico procesal penal.