En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela la Constitución y sus Leyes, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante, RAFAEL BAUTISTA, a su viuda e hijos, PRISCILA DEL CARMEN OLMOS DE BAUTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.619.692, y a sus hijos ciudadanos: ROSALBA DEL VALLE BAUTISTA OLMOS, RAQUEL GREGORIA BAUTISTA OLMOS, REINA DEL PILAR BAUTISTA OLMOS, RAFAEL JOSE BAUTISTA OLMOS Y ROSARIO LORENA BAUTISTA OLMOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números, V-9.497.297, V-10.033.311, V-11.316.175, V-11.316.174 y V-12.798.966N, respectivamente, la primera domiciliada en la Ciudad de Valera Estado Trujillo, la segunda, tercera y quinta, domi.....