JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Dos de Febrero de Dos Mil Diez.
199º y 150º
Por recibida por distribución la anterior solicitud de divorcio fundamentado en el artículo 185-A del CÓDIGO CIVIL, junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. Y vista la solicitud presentada por los ciudadanos JORGE ENRIQUE RAMIREZ y ROSA MARIA PRIETO DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, Titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 9.474.016 y 9.962.008, respectivamente, domiciliados en San Rafael de Tabay, Municipio Santos Marquina, Estado Mérida y hábiles, debidamente asistidos por la abogada NANCY VALIENTE RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.019.980, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.408, de este domicilio y hábil, POR: DIVORCIO, de acuerdo a lo previsto .....