DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos: JOSELITO DE JESÚS MORENO y NANCY COROMOTO ARANDA DURAN, plenamente identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Tovar del Estado Mérida, (hoy Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida), el veintisiete de Febrero de mil novecientos noventa y dos (27-02-1992), según se evidencia del Acta de Matrimonio N°. 07. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad sobre sus hijos, los niños Omitir Nombres. La Guarda y Custodia sobre los prenombrados niños, la seguirá ejerciendo la madre ciudadana NANCY COROMOTO ARANDA DURAN, hasta que los niños cumplan su mayoría de edad. En cuanto a la Obligación Alimentaria, el padre ciudadano JOSELITO DE JE.....