HOMOLOGA el convenimiento celebrado y suscrito por los ciudadanos: YARITZA BRICEÑO RONDON y DEIVI GABRIEL REYES DÁVILA, antes identificados, relacionado con el Cumplimiento de la Obligación Alimentaria a favor de los niños OMITIR NOMBRES, en los siguientes términos: " PRIMERO: El padre acepta el descuento por nomina de la obligación establecida, es decir, los SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00) mensuales y la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) para amortizar la deuda Alimentaria. SEGUNDO: El padre ofrece hacer unos pagos parciales para cancelar la deuda de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00), el primero para el mes de Julio y por préstamo que tramitará a través de la Caja de Ahorros y QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00) en Diciembre descontado del Aguinaldo, es decir, que cada seis meses se acordará el abono de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00) hasta total cancelación de la deuda.. ASÍ SE DECLARA.