Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por el ciudadano JESUS MARIA RAMIREZ VELAZCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-12.486.829, domiciliado en Mesa de Abeja, Parroquia Rio Negro, casa s/n, Municipio Guaraque del estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistido por la abogada ILDA CONTRERAS ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.709.431 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 65.416, en contra de los ciudadanos MARIA BELKIS RAMIREZ VELAZCO, JOSÉ RAMON RAMIREZ VELAZCO y OMAIRA RAMIREZ VELAZCO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad .....