PRIMERO: CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE ASAMBLEA, incoada por los ciudadanos RICARDO ALBERTO ÁLVAREZ FLORES y CARLOS ALBERTO ÁLVAREZ SALAS, venezolanos, mayores de edad, ingenieros civiles, titulares de la cédula de identidad números 13.804.505 y 6.977.584 en su orden, domiciliados en la ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, quienes ostentan el carácter de accionistas de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA ROCAL C.A., en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA ROCAL C.A., domiciliada en la ciudad de Mérida, estado Mérida, constituida inicialmente por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del estado Mérida, en fecha 12/JULIO/1976, bajo el número 281, Tomo II, posteriormente fue remitido al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (con ocasión a su creación), pasó a llevarse bajo expediente número 3451, en la persona de sus representantes legales, ciudadanos MARÍA ALEJANDRA RODRÍGUEZ U.....