-DISPOSITIVA: Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL por el transcurso del tiempo, siendo esta una causa de la prescripción de la Acción Penal, y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en la cual se encuentra como imputados los ciudadanos VALERA HERNANDEZ PEDRO ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 12.654.762, residenciado en el Barrio La Pedeca, calle principal, casa N° DDT-124, El Vigía, Estado Mérida, VALERA HERNANDEZ JUAN BAUTISTA, titular de la cédula de identidad N° 13.677.599, residenciado en el Barrio La Pedeca, calle principal, casa N° DDT-124, El Vigía, Estado Mérida y SAYAGO GIL ORLANDO, titular de la cédula de identidad N° 13.558.621, residenciado en el.....